La pareja de mi ex cónyuge está residiendo en el domicilio familiar, ¿qué puedo hacer?

Imaginemos que, una vez producida la ruptura judicial de los cónyuges, se le atribuya a uno de ellos el uso de la vivienda familiar y, al cabo de un tiempo, el cónyuge al que le fue atribuido el uso comience a convivir con su nueva pareja en ese mismo domicilio que fue el familiar. Sería el caso de un matrimonio en el que ambos cónyuges son titulares a partes iguales de la vivienda y que, como consecuencia de la separación o el divorcio, el uso de la misma le fue atribuido a uno solo de ellos.

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¿Quién debe asumir los gastos de la vivienda que le ha sido atribuida en uso a uno de los cónyuges?

La vivienda familiar genera una serie de gastos que deben ser asumidos por los cónyuges, como los suministros de agua, gas, electricidad, internet, gastos de comunidad, mantenimiento y conservación del inmueble , tasas de basura, IBI, entre otros. Pero, tras la ruptura de la convivencia, y cuando el uso de la vivienda familiar ha sido atribuido a uno de los cónyuges, surge la duda de quién debe asumir estos gastos y de qué manera.

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